El eje de la denuncia es que el Memorando afectó la cooperación con los
servicios de Inteligencia de Estados Unidos e Israel. Nisman escribe en defensa
propia, por lo cual no es objetivo ni contrasta sus hipótesis con la realidad.
Su razonamiento circular ofrece las conclusiones como premisas. Ni siquiera
intenta probar que CFK conspiró para favorecer a Irán. El Cuervo sólo pidió que
no manifestaran contra Israel. Rosconi se ofreció gratis a la viuda de Nisman.
Brindis de jueces con procesados.
El escrito acusatorio contra la presidente CFK y su ministro de Relaciones
Exteriores Héctor Timerman fue presentado el miércoles 14 de enero y difundido
por la Corte Suprema de Justicia el lunes 19, al día siguiente del hallazgo del
cuerpo sin vida del fiscal Nisman en el baño de su departamento en Puerto
Madero. Muchos detalles de su contenido requieren una paciente lectura,
incompatible con la respuesta rápida del periodismo, sobre todo cuando los
hechos se suceden en forma vertiginosa y múltiples fuentes se superponen con
versiones tan contradictorias como interesadas. Pero en cada relectura, alguna
de sus 289 fojas puede arrojar alguna sorpresa que si bien no conduce a la
solución del enigma de su trágica muerte, ayuda a comprender la situación
general de la que el fiscal fue voluntario o involuntario protagonista.
La lealtad de los espías
Una de las cosas que saltan a la vista de inmediato es la escasez de
fundamentación jurídica del dictamen: apenas va de la foja 280 a la 282. Se
titula “Breves consideraciones normativas”, no contiene citas de doctrina ni
jurisprudencia y apenas enumera los artículos del Código Penal que habrían
violado la presidente y su canciller: 241, 248 y 277, por encubrimiento
agravado, impedimento o estorbo de un acto funcional e incumplimiento de sus
deberes como funcionarios públicos. Pero en lecturas sucesivas es posible
descubrir que lo que Nisman intenta preservar es la confidencialidad de las
informaciones recibidas de los servicios de Inteligencia de Estados Unidos e
Israel. La transcripción es contundente: “Desde el momento en que se suscribió
el acuerdo con Irán, a esta altura ya se sabe, un instrumento cardinal en la
maniobra de encubrimiento, se consumaron serias afectaciones al normal
desenvolvimiento de los intercambios de información, elementos y demás piezas
probatorias relevantes para la pesquisa del caso AMIA, implementados a través de
los mecanismos de cooperación judicial internacional. El acuerdo firmado con
Irán se traduce en restricciones y serias afectaciones a la recepción de
información y documentación probatoria aportada por terceros estados para ser
agregada al expediente judicial. Como bien se sabe el acuerdo con la República
Islámica incluye, entre sus disposiciones, la obligación de entregar la
totalidad de las actuaciones en trámite ante la justicia argentina –no a los
imputados, lo que corresponde por derecho– para su revisión por parte de la
Comisión de la Verdad prevista en el convenio para su posterior comunicación al
gobierno de la República Islámica de Irán. Justamente la eventual puesta en
conocimiento de las autoridades iraníes de informaciones, investigaciones,
revelaciones y/o conclusiones elaboradas por organismos y/o agencias
extranjeras, constituye una severa perturbación a dichos canales internacionales
que nutren a la causa de elementos probatorios de interés, lo que claramente se
erige en una traba que opera en detrimento de la investigación” (ff. 281-282).
Esto confirma el cordón umbilical que unía a Nisman con la embajada de Estados
Unidos en Buenos Aires, como lo revela la sucesión de despachos enviados a su
cancillería, sistematizados en sus libros Argenleaks y Politileaks por Santiago
O’Donnell, en los que se muestra cómo, en palabras del propio O’Donnell “Nisman
recibía órdenes directas de la embajada estadounidense de no investigar la pista
siria y la conexión local y de dar por cierta la culpabilidad de los iraníes,
aunque ningún juicio se había realizado. Que Nisman le anticipaba sus dictámenes
y los fallos del juez Canicoba Corral a la embajada con varios días de
anticipación. Que una vez Nisman llevó a la embajada un dictamen de dos carillas
y que la embajada lo mandó a corregirlo, entonces Nisman volvió unos días
después con un dictamen de nueve carillas que sí fue aprobado por la embajada y
recién entonces presentado en la causa. Y que otra vez Nisman pidió perdón
tantas veces por no avisar que pediría la captura de Menem, que los diplomáticos
tuvieron que escribir tres cables distintos para dar cuenta de sus sucesivas
ampliaciones de sus pedidos de perdón y de sus promesas de que no volvería a
suceder. Todo eso reflejaba una falta de independencia del fiscal nada menos que
ante una potencia extranjera, por muy amiga que fuera”.
En defensa propia
Otra comprobación llamativa es que Nisman habla de sí mismo en diferentes tramos
del dictamen, cosa que no es en absoluto usual. Ya en la foja 5, dice que “se
lanzó una feroz campaña de descrédito hacia la investigación del caso”; en la
150 agrega que los partícipes del encubrimiento intentaban “remover al suscripto
de su cargo”; elogia “los significativos avances” que él mismo obtuvo (f. 154) y
las cosa que “logró demostrar de manera sólida y contundente” (f. 156); en la
182 denuncia una “campaña de descrédito” en su contra, en la siguiente alega que
el “objetivo clave” de apartarlo de la causa debía lograrse “mediante el
descrédito personal y/o la deslegitimación de la pesquisa”, y en la 184 insiste
en que su alejamiento de la causa AMIA, “beneficiaría sin duda el plan
encubridor que aquí se detalla y se denuncia”. Como no acepta ningún
cuestionamiento a su tarea, basada como le recordó el juez Rodolfo Canicoba
Corral, en los aportes de los servicios de Inteligencia de Estados Unidos e
Israel, Nisman opina que “lo único que necesita ser destrabado en esa causa es
la firme negativa de Irán a extraditar a sus nacionales, para ponerlos a
disposición de la Justicia argentina. El memorando de entendimiento está lejos
de solucionar este problema” (f. 160).
Es posible comprender semejante grado de involucramiento personal en una causa
tan inflamable. Pero esto conspira contra la necesaria imparcialidad y la pobre
presentación de las pruebas. También contribuye a entender las razones del
fiscal para presentar un trabajo ostensiblemente inconcluso desde el punto de
vista de la investigación de los hechos, ya que Nisman no llegó a cotejar lo que
sostenían quienes hablan en las 5.000 horas de grabaciones de los números
telefónicos de una sola persona, Jorge Khalil (esto quiere decir un año completo
durante 16 horas de vigilia por día), con los datos objetivos. Por ejemplo, la
fuente que menciona una presunta emergencia energética
(f. 7) y el supuesto interés argentino en “intercambiar lo de aquellos por
granos y carne” (f. 206) es el experto granbonaerense del barrio El Tambo Luis
D’Elía. Quien dice que la Argentina tiene necesidad del petróleo iraní es el
líder de la comunidad islámica argentina Jorge Khalil, a quien uno de los
acusados por la voladura de la AMIA, Mohsen Rabbani le responde que hay
interesados iraníes en vendérselo (ff. 97-98, 147). Esto es obvio, dadas las
restricciones que Irán enfrentaba para vender petróleo, dadas las sanciones que
Estados Unidos logró imponerle. Esto no equivale a decir que la Argentina
realmente estuviera interesada en comprarlo. En el escrito no consta un solo
intento de Nisman por verificar si el 1,3 por ciento de azufre que contiene el
petróleo iraní permite su procesamiento en las refinerías argentinas, que
trabajan con petróleos con 0,2 por ciento de azufre, seis veces menos. Tampoco
se advierte que haya procurado confirmar con Interpol si el gobierno argentino
había tratado de alguna manera de conseguir el levantamiento de las alertas
rojas contra los imputados iraníes. De haberlo hecho, hubiera caído con
estrépito la columna vertebral de su acusación y Nisman se hubiera ahorrado el
escarnio de la contundente desmentida posterior del secretario general de
Interpol, Ronald Kenneth Noble.
¿Quién es Noble?
En otro despacho al Departamento de Estado, firmado en 2006 y que lleva el
número 2745 en la colección Wikileaks, el embajador en Buenos Aires Earl Anthony
Wayne cuenta que el 22 de enero de ese año, Nisman viajó con funcionarios de la
cancillería argentina a Lyon, sede de Interpol, para presentarle a Noble “nuevas
evidencias” a favor de las alertas rojas, pese a lo cual el Secretario General
postergó la decisión hasta la reunión del Comité Ejecutivo programada para dos
meses después. Agrega que el vicecanciller Roberto García Moritán le pidió los
“silenciosos esfuerzos diplomáticos” de Estados Unidos con vistas a esa reunión,
y Wayne pidió a su gobierno que hiciera todo lo que estuviera a su alcance ya
que si Interpol no emitiera las alertas rojas, “esto sería visto como una
victoria de Irán”. García Moritán le contó al embajador Wayne que la reunión de
la delegación argentina con Noble y otros funcionarios “comenzó muy mal cuando
los funcionarios de Interpol preguntaron si Nisman había traído a Lyon algo más
que la ‘basura’ que presentó el ex juez Galeano en 2005”. El 30 de enero Nisman
se reunió con el embajador, su segundo y el representante del FBI en la
embajada, y les dijo que había hecho progresos para convencer a los principales
funcionarios de Interpol, pero que era crucial asegurar que Interpol recomendara
al Comité Ejecutivo apoyar la solicitud argentina de las alertas rojas, ante la
que Irán había replicado amenazando con emitir una orden de captura contra
Nisman y todos quienes repitieran sus “difamatorias afirmaciones” sobre la
República Islámica. El canciller Jorge Taiana, en consulta con el presidente
Kirchner, decidieron presentar una protesta formal por esa intimidación. En su
comentario final, el embajador Wayne escribió que “seguimos preocupados por la
aparente predisposición del Secretario General Noble de alinearse con el
Gobierno de Irán”, por lo cual recomendó que continuaran las expresiones de
apoyo del gobierno y del Congreso de los Estados Unidos, como la carta que el
presidente de la Comisión de Relaciones Exteriores de la Cámara de Diputados,
Tom Lantos, envió a Noble. Como se puede apreciar, fue necesaria la presión
política de los gobiernos de Washington y Buenos Aires para que Interpol dictara
las alertas rojas, porque las pruebas de Nisman no eran demasiado convincentes.
Este cable muestra que Noble no hubiera sido un obstáculo para el levantamiento
de las alertas rojas si Timerman se lo hubiera pedido, cosa que de acuerdo a su
experiencia previa Nisman sabía muy bien, y potencia más aún su certificación de
que por el contrario el gobierno argentino hizo todo lo posible para que las
mantuviera en efecto aún después de la firma del Memorando de Entendimiento. Es
comprensible que los iraníes grabados por Nisman lo llamaran ruso de mierda. Más
difícil es entender por qué el rabino Sergio Bergman pidió su expulsión de la
AMIA, repitiendo la historia de hostilidad que padeció su padre cuando fue
secuestrado por la dictadura militar y la DAIA protestó ante las organizaciones
judías de otros países que reclamaban su libertad. Como el propio Jacobo
Timerman narró en su libro Prisionero sin nombre, celda sin número, esa
dirigencia defendió a la dictadura, alegando que no había antisemitismo en la
Argentina y que denunciar todos los casos que se registraban ponía en peligro la
vida comunitaria, como le llaman al normal funcionamiento de la DAIA y la AMIA.
Un tema no judiciable
En varios tramos, el fiscal aclara que la celebración de un acuerdo con una
nación extranjera es un acto de gobierno que la Constitución faculta a realizar
al Poder Ejecutivo, con acuerdo del Congreso, como ocurrió en este caso. “Debe
quedar claro que no se está cuestionando un cambio de política exterior -
resorte exclusivo del Poder Ejecutivo Nacional y por lo tanto tema no judiciable”,
sostiene en la foja 59; en la 61 explicita que la presidente “cuenta con la
potestad constitucional de concluir y firmar tratados y celebrar negociaciones
para el mantenimiento de las buenas relaciones con las naciones extranjeras (art.
99 inc. 1 y 11 de la Constitución nacional). Nada de ello está en discusión”.
Agrega que “si bien la materia, oportunidad y conveniencia de lo actuado resulta
ajena al conocimiento de los jueces, el Poder Judicial se encuentra obligado a
intervenir cuando la ejecución de ciertos actos, aún dentro de las competencias
asignadas constitucionalmente, conlleve la comisión de delitos”. Pero luego
discute sobre la interpretación del Memorando y señala como parte del alegado
plan criminal que CFK haya presentado la firma como “un logro histórico” y “una
victoria”. La libre interpretación de Nisman fue que su propósito era “mantener
oculto el verdadero sentido del Memorando de entendimiento”, que a su juicio era
“brindar un marco jurídico creíble para instrumentar solapadamente la impunidad
de los acusados iraníes y así viabilizar políticamente el acercamiento
geopolítico y comercial con Teherán” (f. 205).
Un rosario de mentiras
“El plan tenía sello presidencial. Esto es de una gravedad institucional
inusitada. La orden para ejecutar el delito provino directa y personalmente de
la presidente”, que es “la autora intelectual” (f. 135). La señora presidente
“ha emitido una expresa directiva para que se diseñara y ejecutara un plan de
encubrimiento”, que califica como “vil maquinación” (f. 200), cuyo objetivo era
“desvincular a los acusados de nacionalidad iraní de la causa por el atentado a
la sede de la AMIA, a efectos de brindarles impunidad definitiva” (f. 265). La
única prueba de semejante acusación consiste en grabaciones de Allan Bogado, a
quien Khalil menciona como “jefe de la SIDE” (f. 246) y de quien Nisman dice que
“poseía información privilegiada y verídica de la salud de la primera
mandataria” y por lo tanto “pertenece al entorno más cercano a la presidente. De
lo contrario, nunca se le hubiera encargado una tarea en extremo sensible:
ejecutar una acción delictiva por directa orden de la Sra. Presidente” (f. 248).
Una vez establecidas ambas conclusiones como si fueran dos premisas, hay espacio
para cualquier manipulación. En sus diálogos con Khalil, Allan dijo que el trato
“está cerrado muy arriba” (f. 250), lo cual para Nisman quiere decir Cristina.
Además, a pedido de Khalil, Allan prometió conseguirle cargos en la Aduana para
gente de la comunidad chiita. La conclusión de Nisman es que Allan fue un actor
central para abrir puertas a los contactos locales de los imputados iraníes, lo
cual indica que “existió una orden, desde lo más alto del poder, que había
autorizado determinados accesos, contactos y facilidades a los referentes de
Irán en la Argentina, dentro del contexto mucho más amplio que significó el plan
de impunidad” (f. 251). También considera llamativo que Allan “no haya
considerado actuar en forma encubierta. Ello sólo puede deberse a la
circunstancia, como ya se demostró, de que estaba actuando por órdenes
superiores” (f. 253). Al fiscal no se le ocurría otra posibilidad, entre otras
cosas porque ignoraba que el gobierno nacional había denunciado a Bogado ante la
Justicia como falso influyente ante la Aduana. Esta intriga da más para una
denuncia contra Bogado por estafa, como otras que ya enfrenta por no pagar el
alquiler y cargarlo sobre los garantes cuya identidad había usurpado. Es decir,
la única prueba de que Cristina ordenó cometer un delito es que Allan Bogado
conocía antes de que fuera pública información sobre la salud presidencial y que
Luis D’Elía dijo que se reunió con Julio De Vido para tratar sobre las
relaciones comerciales con Irán “por orden de la Jefa” (f. 230). Establecido
mediante esta petición de principios que Cristina es culpable, Nisman utiliza
los dichos de Allan acerca de los cambios geopolíticos (“ya estamos en otro
país, es otra situación mundial y hay que trabajar en otro contexto”, afirma en
la foja 102) con el discurso oficial que construía la señora presidente, “muy
distinto a la realidad que manejaban los partícipes de su plan” (f. 141). Nisman
se refiere así a la afirmación presidencial al inaugurar las sesiones ordinarias
del Congreso de 2013 de que “no voy a permitir que esta tragedia terrible que
nos ocurrió a los argentinos sea utilizada como pieza de ajedrez en el tablero
internacional” y la califica como un “rosario de mentiras” (f. 141).
Filtraciones
Si los Wikileaks muestran la forma en que Nisman sometía su trabajo al control
de la embajada de los Estados Unidos, después de su muerte quedó claro que
también compartía con periodistas, dirigentes de las instituciones judías,
abogados y políticos datos del expediente que investigaba. A Santiago O’Donnell
el mismo día en que lo conoció le confesó su relación con la Secretaría de
Inteligencia: “‘¿Cómo? ¿No lo conocés a Jaime?’ me preguntó Nisman entre
extrañado y sorprendido. Acababa de decirme que en una causa tan compleja, en la
que uno básicamente depende de lo que puedan averiguar los servicios de
inteligencia extranjeros, su información provenía de Stiuso, ya que Stiuso era
el que manejaba la relación con los servicios israelíes y estadounidenses”. Las
diputadas Patricia Bullrich y Laura Alonso, del PRO, también revelaron
conversaciones con Nisman sobre la causa. Según Bullrich, Nisman le dijo que un
“agente secreto le había pasado información sobre él y su familia a uno de los
imputados”. Alonso agregó que Nisman había adelantado la denuncia y sus
vacaciones “porque tenía información de que se lo iba a sacar de la causa Amia”.
Y la ex abogada de la DAIA Marta Nercellas dijo que Nisman le anticipó hace ocho
meses que tenía pruebas muy grandes que conducirían a la detención de Cristina,
pero que “lo voy a hacer después de que deje el poder, porque si no van a creer
que es un golpe institucional”. Por eso dice que le extrañó el momento de la
denuncia, aunque no su contenido. No son los únicos promiscuos. Según el diario
Ambito Financiero, en la fiesta de cumpleaños de Nercellas, hablaron de lo
sucedido con Nisman la jueza del caso, Fabiana Palmaghini, los jueces Luis María
Bunge Campos, Mario Filozof, y Claudio Bonadío, la ministra de la Suprema Corte
de Buenos Aires, Hilda Kogan, el ex presidente de la DAIA Jorge Kirszenbaum, el
abogado de la DAIA Miguel Bronfman, y el procesado por encubrimiento del
atentado Jorge Fino Palacios.
Piedras al Cuervo
En la síntesis que Nisman distribuyó el 14 de enero y que tuvo amplia difusión
nacional e internacional, el fiscal Nisman acusó como enlace entre la presidente
argentina y los criminales iraníes al Secretario General de La Cámpora, Andrés
Larroque. Como prueba principal citó recortes periodísticos según los cuales en
una ocasión le había transmitido a Luis D’Elía la recomendación presidencial de
que no hiciera declaraciones sobre ningún tema antes de las elecciones. La otra
mención de Nisman a Larroque, es una grabación en la que Jorge Khalil dice que
El Cuervo le pidió que transmitiera a todos los iraníes asentados en la
Argentina la solicitud de que no participaran en una marcha convocada en
noviembre de 2012 por partidos de izquierda de Buenos Aires para denunciar al
gobierno de Israel por su trato a los palestinos (ff. 194-197). Con lo cual
sería más razonable acusarlo de conspirar con los israelíes que con los chiitas
de Irán.
Etica
La aparición del abogado Máximo Rosconi como defensor del hombre que entregó la
pistola a Nisman, causó perplejidad. Cerebrito Lagomarsino había recurrido
inicialmente a la defensoría oficial pero se presentó en la causa y ante la
opinión pública en compañía de un abogado que, como él mismo lo proclama, es
caro y aspira a ser cada vez más caro. Rosconi fue defensor del ex presidente
Carlos Menem en la causa por el contrabando de armas a Croacia y Ecuador, y de
los mayores traficantes detenidos en el país, en la causa por lavado de dinero
más importante habida aquí. Eso no lo identifica con sus clientes, por cierto,
pero muestra la alta cotización de su ética profesional y Lagomarsino no es un
cliente a su altura. Antes, Rosconi había llamado al juzgado federal de San
Isidro y había dejado a la secretaria de la jueza Sandra Arroyo Salgado sus dos
teléfonos de línea y un celular, con un mensaje: “Me pongo a tu total y entera
disposición para asumir la querella de la familia, en forma gratuita”.
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